LEY 12/2001, de 2 de julio, de la infancia y la adolescencia en Aragón.
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el "Boletín Oficial de Aragón" y en el "Boletín Oficial del Estado", todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
LEY DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA EN ARAGON
INDICE
PREAMBULO
TITULO I. Disposiciones Generales.
Artículo 1.Objeto.
Artículo 2. Ambito de aplicación.